Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1, 9, 11, 14, 15, 23, 29 y 30.

La Resolución contiene cambios en 19 reglas,

  • Se incluye el Cuestionario para solicitar la autorización para aplicar el régimen opcional para grupos de sociedades.
  • Se actualizan los catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados.
  • Se actualiza la lista de donatarias autorizadas, actualizaciones, revocaciones, etc.
  • Se actualiza el domicilio de las Administración Desconcentrada Jurídica de Torreón, para señalar como nuevo domicilio: Periférico Raúl López Sánchez, 17, Colonia Eriazo, CP 27110, Torreón, Coahuila. La modificación al Anexo 23 surte efectos a partir del 1 de mayo de 2024.
  • Se modifican los siguientes elementos en relación a los proveedores de certificación y los CFDI:
    • Especificaciones para la descarga y consulta de la LCO y LRFC.
    • Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.
    • Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.
    • Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.
    • Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.
  • Se modifican los puntos 30.1. Equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de Hidrocarburos y Petrolíferos, y 30.4.2. Información sobre el tipo de los Hidrocarburos y Petrolíferos.
  • Se publica la Séptima Modificación al Anexo 15 (ISAN) de la RMF para 2022, actualizando los códigos de claves vehiculares.
  • Se reforma el Transitorio Octavo de la RMF 2024, para indicar que cuando los contribuyentes requieran consultar información de notificaciones electrónicas a través de buzón tributario asociadas al RFC anterior, deberán solicitarlo mediante un caso de aclaración en el Portal del SAT, utilizando la etiqueta Buzón Tributario, hasta en tanto se visualicen en su buzón los documentos asociados a la clave del RFC anterior.
  • Se reforma el Transitorio Vigésimo Sexto de la RMF 2024, que señala que hasta en tanto se libere el sistema para la consulta de enajenaciones de casa habitación en el Portal del SAT, se tendrá por cumplida la obligación del fedatario público de efectuar la consulta a que se refiere el artículo 93, fracción XIX, inciso a), último párrafo de la Ley del ISR, siempre que en la escritura pública correspondiente, se incluya la manifestación del enajenante en la que bajo protesta de decir verdad señale si es la primera enajenación de casa habitación efectuada en los tres años inmediatos anteriores a la fecha de esta enajenación. La reforma consiste en eliminar la referencia al ejercicio 2023, quedando así abierta a cualquier ejercicio.
  • Se extiende hasta el primero de enero de 2025 la obligación para los contribuyentes personas físicas del RESICO, de contar con el buzón tributario habilitado, y con firma electrónica.

Fuente: DOF

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