México zona libre de la Influenza Aviar tipo A, subtipo H5N2 para efectos de comercialización de aves de corral y sus productos

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó el Acuerdo por el que se declara al territorio de los Estados Unidos Mexicanos como zona libre de la Influenza Aviar tipo A, subtipo H5N2 de alta patogenicidad en aves de corral, con el cual, se mejora el estatus sanitario del país y se protege la avicultura nacional, cuyo valor asciende a más de 221,207 millones de pesos.

Esta declaratoria, facilita la comercialización de aves de corral vivas, así como de sus productos y subproductos originarios de los Estados Unidos Mexicanos y se apega al título 10, capítulo 10.4, artículo 10.4.3. del Código Sanitario para los Animales Terrestres (2023) de la OMSA, en el cual se establece que podrá considerarse que un país está libre de influenza aviar de alta patogenicidad cuando se haya demostrado la ausencia de infección por los virus de influenza aviar de alta patogenicidad en el país durante los últimos 12 meses, con base en la vigilancia epidemiológica.

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