Complemento carta porte: Prorroga del periodo de gracia y publicación de la versión 3.0

Mediante la publicación de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023, el periodo de gracia durante el cual la autoridad no aplicará sanciones por errores cometidos en la emisión del complemento Carta Porte, de conformidad con los artículos 29, último párrafo, 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, con relación a la Sección 2.7.7.

De acuerdo con el transitorio décimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, se entiende que cumplen con las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta él y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en los diversos “Instructivos de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”.

Sobre este mismo tema, el pasado 25 de septiembre de 2023, el SAT dio a conocer la versión 3.0 del Complemento Carta Porte (CCP) o Carta de Porte Digital. Esta nueva versión contiene cambios importantes tanto en su estructura, datos de identificación, especificidad de información de sustancias controladas, datos de comercio exterior, entre los que destacan los siguientes:

  • Se agrega el catálogo c_RegimenAduanero, que se utiliza para rellenar el atributo “RegimenAduanero” del nodo principal, que describe el tipo de exportación o importación, si es temporal, definitiva, depósito fiscal, recinto fiscalizado, etc., el cual entró en vigencia el 25 de octubre de 2023.
  • Se elimina el atributo del “pedimento”
  • Se incorporan nuevos atributos:

  • Se agregan algunos catálogos con información definida para llenar algunos de los nuevos campos requeridos en el CCP. Algunos de esos catálogos están previstos iniciar su vigencia el 25 de octubre de 2023, mientras que otros aparecen como “por definir” en su fecha de entrada.

Aunque en la página del SAT no se especifica la fecha de entrada en vigor del nuevo CCP versión 3.0, de conformidad con el párrafo quinto del Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF) el inicio de esta nueva versión sería el 25 de octubre de 2023, lo cual va en línea con la vigencia marcada en algunos de los nuevos catálogos.

Estaremos en espera de que la autoridad emita algún proyecto de modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, para definir con mayor claridad la fecha de entrada.

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