Cómo aplicar facilidad de no emitir REP para CFDI liquidado en varios pagos

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Cómo aplicar facilidad de no emitir REP para CFDI liquidado en varios pagos

Fuente: Fiscalía

La Regla Miscelánea 2.7.1.39. otorga la facilidad para efectos de no emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con método de pago ‘Pago en una sola exhibición’ (PUE), aun cuando el pago no sea de contado, siempre que se cumplan con ciertos requisitos y condiciones.

 

La facilidad otorgada permite al contribuyente emitir un CFDI con el método de pago “PUE” (pago de contado) aunque éste se pague posterior a su emisión, siempre que se reciba el pago a más tardar el último día del mes en que se emite el CFDI, y que se indique la forma de pago en que dicha factura será liquidada y que, efectivamente, sea liquidad mediante esa forma de pago. De esta manera, aunque el pago se reciba de forma posterior, no es obligación emitir el CFDI con el Complemento para Recepción de Pagos (CRP), también conocido como Recibo Electrónico de Pagos (REP).

 

Sobre el particular han surgido una serie de interrogantes en relación con la aplicación de la facilidad. Una de las interrogantes más frecuentes es qué sucede si la factura se liquida antes del último día del mes, pero para ello se efectúan varios pagos. Por ejemplo, se emite una factura el 5 de octubre, y se liquida en tres pagos con fecha 10 y 25 de octubre y el último el 30 de octubre, como se muestra en el siguiente esquema:

 

Fecha

Acción

Monto

Saldo insoluto

Octubre 5

Emisión de CFDI con método de pago ‘PUE’ y forma de pago ’03 Transferencia’

15,000.00

15,000.00

Octubre 10

Recepción del primer pago parcial mediante transferencia

5,000.00

10,000.00

Octubre 25

Recepción del segundo pago parcial mediante transferencia

7,000.00

3,000.00

Octubre 30

Recepción del tercer pago parcial mediante transferencia

3,000.00

 

La facilidad no establece como requisito que el pago se haga de forma completa en un solo pago. La única condición es que sea liquidada en su totalidad antes del último día del mes, y que la forma de pago indicada en el CFDI se respete, lo cual en el caso del ejemplo sí se cumple.

 

La Regla 2.7.1.39 establece, a la letra, que la condición es que “se haya pactado o se estime que el monto total que ampare el comprobante se recibirá a más tardar el último día del mes de calendario en el cual se expidió el CFDI”; es decir, la condición es que el pago total sea recibido antes de la fecha indicada, pero no necesariamente que éste se efectúe en un solo pago.

 

Derivado de lo anterior, es posible concluir que no es requisito que la factura se liquide de manera completa en un solo pago, pues aunque se efectúen varios pagos, basta que ésta se liquide en su totalidad antes del último día del mes, y utilizando la forma de pago señalada, para estar en condiciones de aplicar la facilidad.

 

Se debe tener presente que si alguno de los pagos no se hiciera usando la forma de pago indicada en el CFDI, o que no se llegue a liquidar el total de la factura antes del último día del mes, esta facilidad no aplicará y el contribuyente deberá cancelar el documento y emitir uno nuevo sustituyendo al anterior, indicando como método de pago “Pago en Parcialidades o Diferido” (PPD), con los respectivos CFDI con CRP que correspondan.

 

La decisión de aplicar esta facilidad dependerá de las necesidades y conveniencias de la empresa, según lo permitan sus controles administrativos, y según lo acuerde con sus clientes o proveedores, según el caso.

 

 

 

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