Obligaciones fiscales en la venta de acciones internacionales: lo que los empresarios deben saber
El artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que las personas físicas deben pagar un impuesto del 10 % sobre las ganancias obtenidas al enajenar acciones de empresas tanto nacionales como extranjeras que coticen en bolsas de valores o mercados de derivados, reconocidos conforme a la Ley del Mercado de Valores (LMV). Esto incluye las ganancias generadas por acciones extranjeras listadas en el Sistema Internacional de Cotizaciones (SIC) de la Bolsa Mexicana de Valores y la Bolsa Institucional de Valores, sin importar si se vendieron a través de un intermediario en México.
Es fundamental para los empresarios identificar el mercado en el que realizan sus inversiones, ya que esto determina el esquema fiscal aplicable. El SIC permite operar con valores extranjeros que no están disponibles para oferta pública en México, como acciones de empresas globales de alto perfil, entre ellas Nike y Manchester United. La claridad sobre estas obligaciones ayuda a los contribuyentes a cumplir con la normativa fiscal y a optimizar sus decisiones de inversión en mercados nacionales e internacionales.
Fuente: Enajenación de acciones de sociedades extranjeras. Lunes, 11 de noviembre de 2024. En Fiscalia. CIF. https://tinyurl.com/bdfta48n