Comité Nacional de Facilitación del Comercio y de Respuesta en Situaciones de Emergencia

En días pasados se publicó en el DOF el Decreto por el que se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio y de Respuesta en Situaciones de Emergencia, el cual estará integrado por el SAT; la ANAM; la COFEPRIS; la SENASICA y las Secretarías de Economía; Relaciones Exteriores; Seguridad y Protección Ciudadana; Hacienda y Crédito Público; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Energía; Agricultura y Desarrollo Rural; Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Salud; Trabajo y Previsión Social.

Dicho Comité surge como respuesta del gobierno ante la posibilidad de que ocurran situaciones de emergencia, a nivel nacional, regional o internacional, que afecten los flujos comerciales e impacten negativamente en la economía nacional, como lo fue la derivada de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), y mediante el se busca establecer un mecanismo de coordinación permanente entre las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal que participan en los procedimientos vinculados al comercio exterior, y de consulta con el sector privado, para que cuenten con protocolos de actuación en dichas situaciones y garanticen la continuidad de la operación en las cadenas de suministro en los sectores estratégicos de la industria mexicana.

Entre sus principales funciones estará la de aprobar la “Agenda Nacional de Facilitación del Comercio” y en general proponer acciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal o local, para mantener y reestablecer los flujos comerciales.

De acuerdo con el propio Decreto, El Comité deberá quedar instalado dentro de los treinta días hábiles siguientes a la publicación el pasado 15 de agosto y deberá emitir sus propias reglas de operación, organización y funcionamiento, dentro de los noventa días hábiles siguientes a la instalación.

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