SAT puede rechazar saldo a favor si hay inconsistencias

Calculadora sobre una hoja con cifras fiscales e ícono del SAT, simbolizando el análisis del saldo a favor en la declaración anual.

Durante el mes de abril de 2025, millones de contribuyentes deben presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para muchos, este trámite representa la posibilidad de recuperar un saldo a favor por pagos en exceso del Impuesto Sobre la Renta (ISR). No obstante, dicho saldo no está garantizado, ya que el SAT puede rechazarlo o anularlo si detecta inconsistencias o errores en los datos fiscales. Las causas más comunes son: cuentas bancarias con RFC incorrecto, Buzón Tributario inactivo, domicilio fiscal desactualizado, existencia de créditos fiscales, RFC suspendido, omisión de ingresos y pertenencia a regímenes fiscales sujetos a revisión, como el de arrendamiento o actividad empresarial.

El plazo legal para que el SAT efectúe la devolución es de hasta 40 días hábiles, aunque en la práctica muchas devoluciones se resuelven en un lapso de entre 5 y 12 días hábiles, siempre que la información esté en orden. Si la devolución es rechazada, los contribuyentes pueden iniciar una solicitud manual desde el portal del SAT, siguiendo un procedimiento que incluye el uso de la e.firma y la carga de documentos comprobatorios. Para evitar contratiempos, es fundamental revisar y actualizar los datos fiscales, activar el Buzón Tributario y hacer seguimiento al trámite. No presentar la declaración anual en tiempo y forma puede derivar en multas, recargos y restricciones para futuras devoluciones, por lo que cumplir esta obligación fiscal resulta esencial.

Fuente: Merc2.0

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