Suprema Corte de Justicia aplaza resolución sobre interpretación de IVA en retorno de mercancías importadas temporalmente

Mujer revisando mercancías en almacén, representando el impacto empresarial del aplazamiento en la resolución del IVA.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió el Acuerdo General número 4/2025, publicado el 13 de marzo de 2025, mediante el cual se dispone el aplazamiento en el dictado de la resolución en las contradicciones de criterios de los plenos regionales, así como en amparos directos y recursos de revisión interpuestos en contra de sentencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La medida también abarca los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito relacionados con la interpretación del artículo 1, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), específicamente en lo referente al retorno virtual de mercancías importadas temporalmente.

Este aplazamiento es especialmente relevante para el sector empresarial, ya que genera un entorno de incertidumbre jurídica respecto al tratamiento fiscal de las mercancías importadas temporalmente bajo el esquema de retorno virtual. Las empresas dedicadas al comercio exterior y a la manufactura pueden verse afectadas en la toma de decisiones fiscales, lo que podría llevarlas a adoptar posturas conservadoras o buscar asesoría legal especializada. El objetivo de la SCJN es preservar la seguridad jurídica y evitar sentencias contradictorias al continuar con el trámite hasta el estado de resolución, pero postergando el dictado de esta hasta que el Alto Tribunal establezca los criterios definitivos. El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: DOF.

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