Evita multas: renueva tu registro REPSE a tiempo
Los prestadores de servicios y obras especializadas deben renovar su registro ante el REPSE cada tres años, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo. En caso de no cumplir con esta obligación, el registro será cancelado automáticamente por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Aunque la cancelación no implica una multa directa, continuar con las operaciones sin el registro vigente puede acarrear sanciones económicas severas, que oscilan entre $217,140 y $5,428,500, de acuerdo con el artículo 1004-C de la LFT.
Para evitar estos riesgos, las empresas deben verificar si están dentro del periodo para renovar su registro y asegurarse de que sus contratistas también cumplan con esta obligación. El cumplimiento del REPSE es clave para garantizar la legalidad de las operaciones empresariales y evitar sanciones que afecten la estabilidad financiera de los negocios.
Fuente: IDC On line.