Renovación del Registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas (REPSE)
Se publicó en el DOF el Acuerdo modificatorio de las Disposiciones relacionadas con el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
En dicha publicación se establecen los detalles de la renovación de dicho registro, regulado por el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, mismo que establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas, para la prestación de sus servicios deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Así mismo, se deberá tramitar la renovación del registro obtenido cada tres años contados a partir de su inscripción, en un plazo de tres meses anteriores a la fecha en que concluya la vigencia de su registro.
Para la renovación del registro de las personas físicas o morales inscritas en el Padrón, la plataforma http://repse.stps.gob.mx habilitará un módulo denominado “Renovación de Registro”, al cual podrán ingresar únicamente durante el periodo definido por esta Secretaría, de conformidad con la vigencia de su aviso de registro, lo anterior, de acuerdo con el calendario siguiente:
La Secretaría a través de la Plataforma deberá pronunciarse respecto a la solicitud de renovación, dentro de los 20 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud.