Se publican estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó el Decreto que busca impulsar los siguientes 10 sectores clave de la industria exportadora:

  1. Productos destinados a la alimentación humana y animal.
  2. Fertilizantes y agroquímicos.
  3. Materias primas para la industria farmacéutica y preparaciones farmacéuticas.
  4. Componentes electrónicos, como tarjetas simples o cargadas, circuitos, capacitores, condensadores, resistores, conectores y semiconductores, bobinas, transformadores, arneses y módem para computadora y teléfono.
  5. Maquinaria para relojes, instrumentos de medición, control y navegación, y equipo médico electrónico, para uso médico.
  6. Baterías, acumuladores, pilas, cables de conducción eléctrica, enchufes, contactos, fusibles y accesorios para instalaciones eléctricas.
  7. Motores de gasolina, híbridos y de combustibles alternativos, para automóviles, camionetas y camiones.
  8. Equipo eléctrico y electrónico, sistemas de dirección, suspensión, frenos, sistemas de transmisión, asientos, accesorios interiores y piezas metálicas troqueladas, para automóviles, camionetas, camiones, trenes, barcos y aeronaves.
  9. Motores de combustión interna, turbinas y transmisiones, para aeronaves.
  10. Equipo y aparatos no electrónicos para uso médico, dental y para laboratorio, material desechable de uso médico y artículos ópticos de uso oftálmico.

La selección de estos 10 sectores obedece, de acuerdo con la propia autoridad, a cuatro criterios que determinan su vocación para integrarse en las cadenas globales de valor y que incluyen el aumento de la demanda de sus productos, especialmente en Estados Unidos, además de que son sectores con vocación exportadora y alto impacto en el Producto Interno Bruto y su efecto multiplicador.

El estímulo consiste en:

  1. La deducción inmediata de la inversión en bienes de activo fijo nuevos, adquiridos a partir del 12 de octubre de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024, deduciendo en el ejercicio en el que se realice la inversión la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen, que van del 56% al 88% según el tipo de bien.
  2. Aplicar en la declaración anual de los ejercicios fiscales de 2023 a 2025, un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación, mismo que se calculará con base en la diferencia positiva entre el gasto erogado por concepto de capacitación en el ejercicio de que se trate y el gasto promedio que haya erogado el contribuyente por el mismo concepto en los ejercicios fiscales de 2020 a 2022.

Contacta a nuestro equipo para que te ayudemos a implementar estos beneficios.

 

Login

Welcome! Login in to your account

Remember me Lost your password?

Lost Password