Manejo de anticipo de sueldos en el CFDI de nómina

En la Nota 11 de la ‘Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento’ se incluyen indicaciones para el manejo de los anticipos de nómina en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con Complemento para Nómina.

La nota señala que ‘En caso de que el trabajador reciba anticipo de salarios, el empleador deberá emitir un comprobante de nómina de tipo extraordinario en el cual se registre el importe del anticipo de sueldo con la clave tipo de percepción 038 ‘Otros ingresos por salarios’ en el momento en el que se otorgan al trabajador, los descuentos que posteriormente se realicen vía nómina al trabajador, se registrarán utilizando la clave tipo deducción ‘012’ (Anticipo de salarios), en los CFDI en los que expidan cuando se registre el impuesto’.

Este tratamiento, según le Guía, es obligatorio desde el 31 de agosto de 2018, fecha en que esta actualización fue publicada en la página del SAT. La indicación que da la autoridad a través de su Guía es limitada, pues no precisa cómo manejar el resto de los datos que inciden en el pago neto al trabajador; es decir, qué sucede con los descuentos de impuestos, contribuciones y otras a las que pueda ser sujeto el trabajador. El manejo de estos datos en el CFDI depende del manejo administrativo que se les aplique en la empresa, así como de las políticas laborales que se tengan implementadas.

Para tener mayor claridad sobre el manejo de estos datos en el CFDI de Nómina, se debe partir de la base de que el anticipo de sueldo es en sí un ingreso y que en ese momento se genera el impuesto; sin embargo, dado que el entero del mismo es de manera mensual, es posible manejar las retenciones en distintos momentos. Para esto se plantean tres mecanismos, mismos que a continuación se exploran.

Para efectos de las ejemplificaciones siguientes se considera un salario diario de $1,000 pesos. El trabajador percibe $15,000 a la quincena, y solicita un anticipo de $5,000. También para fines ilustrativos se supone que el impuesto quincenal para un ingreso de $15,000, es $3,000. Para fines didácticos se omiten los descuentos de las cuotas de seguridad social, pensiones alimenticias o cualquier otra deducción, pero es necesario que en un escenario real también se considere su efecto.

1. Anticipos sin descuentos

Se da un anticipo de $5,000 sin retenciones de ningún tipo.

Se emite el CFDI sin retención. Al término de la quincena se expide el CFDI con los siguientes datos:

CFDI al momento del anticipo

Anticipo de sueldo $5,000

– Retención de ISR $0

= Neto a percibir $5,000

CFDI al término de la quincena

Sueldo $15,000

– Anticipo $5,000

– Retención de ISR $3,000

= Neto a percibir $7,000

El problema en este caso es que si el anticipo fuera superior a la diferencia del sueldo menos la retención ($12,000), no quedaría suficiente saldo para retenerle al trabajador.

Por ejemplo, si se pide un anticipo de $14,000, al final de la quincena sólo quedarían $1,000 para una retención pendiente de $3,000.

En este caso el saldo no retenido se aplicará posteriormente, por ejemplo, en la segunda quincena.

2. Anticipo con descuentos

Se da un anticipo de $5,000 aplicando una retención proporcional.

Para esto calcula el impuesto de los $5,000 considerando a cuántos días corresponde ese anticipo de salario. En este caso corresponde a 5 días, por lo que el cálculo puede hacerse con base en la tarifa diaria, o bien “mensualizando” los 5,000 pesos y aplicando la tarifa mensual, para luego determinar el impuesto proporcional de ese anticipo. Para los fines de este ejemplo, si el impuesto de la quincena es $3,000, y se está pidiendo un anticipo equivalente a cinco días de salario, que equivale a la tercera parte de la quincena, se tiene que el impuesto de ese anticipo es, en consecuencia, la tercera parte del impuesto de la quincena, o sea, $1,000.

CFDI al momento del anticipo

Anticipo de sueldo $5,000

– Retención de ISR $1,000

= Neto a percibir $4,000

CFDI al término de la quincena

Sueldo $15,000

– Anticipo $5,000

– Retención de ISR *$2,000

= Neto a percibir $8,000

* Esta retención es el impuesto pendiente de retener que resulta del causado en la quincena, menos el retenido al momento de entregar el anticipo ($3,000 – $1,000 = $2,000).

 

3. Solicitud de anticipo neto

El tercer escenario es que le trabajador solicite un anticipo de una cantidad ya neta, por ejemplo, que solicite $5,000 ya netos de impuesto.

En este caso el sistema tendría que efectuar primero un cálculo inverso para definir qué monto de ingreso se requiere para que descontado el impuesto resulta en $5,000.

Una vez determinados los montos, se procede conforme al caso 1.

 

Comentarios finales

Como puede apreciarse, la expedición de CFDI de Nómina por los anticipos de salario no es tarea sencilla, es necesario analizar el efecto que puede tener en las deducciones del trabajador, así como la forma más adecuada de plasmar los datos en el comprobante, al tiempo que se mantengan los adecuados controles internos para llevar un correcto registro de saldos.

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